REDUCCIÓN CONTRIBUCIÓN PATRONAL PREVISIONAL Y SOEME

1) – DECRETO 310/18 – REDUCCIÓN CONTRIBUCIÓN PATRONAL PREVISIONAL:
 
Con fecha 17/04/18 ha sido publicado en el Boletín Oficial el decreto PEN Nº 310/2018 por el cual se suspende desde el 1º de enero de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2018, la aplicación para los establecimientos educativos privados, de las normas del decreto PEN Nº 814/2001.-
 
En síntesis hasta el 31 de diciembre del corriente año continuará vigentes la reducción de las contribuciones patronales previsionales en todas las jurisdicciones.-
 
2 – SOEME:
El APORTE SOLIDARIO, conforme al Acta Acuerdo firmada en el mes de Diciembre de 2016, ha tenido vigencia hasta el mes de febrero inclusive del 2018. Por tal motivo los establecimientos con personal que pertenezcan al
CCT 318/99 hubieron debido depositar dicho aporte –por última vez- con sueldos febrero 2018. A partir de Marzo NO CORRESPONDE EL PAGO.

INCREMENTO EN LOS MONTOS DE ASIGNACIONES FAMILIARES Y TOPES SALARIALES PARA PERCIBIRLAS

Por medio de la Resolución ANSES Nº -32/2018 se modifican los nuevos valores de asignaciones familiares y topes para su percepción; en consonancia con la ley 27160 del año 2015 que fija que las asignaciones familiares se actualizan en marzo y septiembre de cada año, junto con la movilidad jubilatoria.
 
Este cambio opera con las remuneraciones de MARZO 2018
Recordamos a Uds. que los topes se calculan en función de la totalidad de los ingresos del grupo familiar.
Se consideraran ingresos a:
 
– Remuneraciones de los trabajadores en relación de dependencia registrados (se excluye horas extras, plus por zona desfavorable y aguinaldo)
 
– Asignación familiar por maternidad.
 
– Rentas de referencia para trabajadores autónomos y monotributistas.
 
– Sumas originadas en prestaciones contributivas y/o no contributivas nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
 
Si uno de los integrantes del grupo familiar percibe un ingreso superior a $ 47.393,- (Cuarenta y siete mil trescientos noventa y tres), ese grupo familiar está excluido de la percepción de asignaciones, aun cuando la suma de sus ingresos conjuntos no supere el tope máximo de $94.786,-(Noventa y cuatro mil setecientos ochenta y seis).-
 
Estos topes no se aplican para liquidar Hijo discapacitado, ni para la asignación por maternidad.
 
Este incremento no es aplicable para los docentes de planta funcional, tanto de Provincia de Buenos Aires, como de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dado que hasta el momento no se han dictado normas específicas aplicables a dichos trabajadores.
 
Respecto del personal no docente y extracurricular, de acuerdo a lo establecido por la Resolución CGEP 08/2012, dicho aumento es aplicable.
 
Las nuevas tablas serán las siguientes:
TOPE INDIVIDUAL $ 47.393,00 TOPE IGF $ 94786,-


CARGA DE PERSONAL NO SUBVENCIONADO

El Instituto de Previsión Social ha determinado, que TODOS los Establecimientos Educativos de Gestión Privada deberán ingresar en el Sistema de Administración Previsional (SAP) los datos de sus docentes no subvencionados y sus cargos, siguiendo el procedimiento descripto en el MANUAL del SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN PREVISIONAL (SAP).-
 
La fecha límite para la carga de estos datos es el 31/05/2018.-
El manual del uso del SAP podrá ser consultado en la página del IPS.
 
Para acceder deben:
1. Ingresar con el usuario y clave generados,
2. Seleccionar el número de DIEGEP al cual pertenece el personal a cargar
3. En el menú, seleccionar “Mis agentes”  “Alta”
4. Una vez cargados los datos personales, deberá ingresarse a “Cargos”  “Alta” e indicar para cada persona ingresada, el/los cargo/s que ocupa en el instituto.-

Pautas para la Implementación de la permanencia

Comunicamos la Resolución Nº 962/MEGC/18 y sus ANEXOS I, II, III y IV. de aplicación en el Nivel Inicial de las escuelas de Gestión Privada, Gestión Estatal y Superior, las mismas pueden ser consultadas en esta nota.

Esta normativa sostiene el carácter excepcional, fundamentado y pedagógico de la implementación de la permanencia de las niñas/niños en salas del nivel inicial, permanencia que “…es entendida como una estrategia pedagógica destinada a fortalecerla trayectoria escolar de los niños/niñas de éste nivel de las escuelas de gestión Estatal y Privada, con el objeto de lograr la inclusión e integración en el sistema educativo…”

Las Resoluciones Nº 174/CFE/12 y Nº 3278/MEGC/13, son los antecedentes que dan marco a esta Res. 962/18.

ANEXOS RES-MEGC-MEGC-962-18-ANEXOS

VISITAS DE SUPERVISIÓN DE ORGANIZACIÓN ESCOLAR

El siguiente es un Comunicado de la Dirección General de Educación de Gestión Privada – DGEGP- Sector Supervisión de Organización Escolar- de importancia para los Institutos con aporte gubernamental:
 
A los Institutos de Gestión Privada con Aporte Gubernamental:
Tenemos el agrado de dirigirnos a Uds. a fin de informarles que a partir del martes 3 de abril de 2018, daremos inicio a las visitas de Supervisión de Organización Escolar.
 
Por tal motivo, les recordamos que es necesario se encuentre en la institución, toda la documentación actualizada, relacionada con el aporte gubernamental.
 
IMPORTANTE: Se recuerda que a partir de la rendición de Marzo 2018, tal como fue comunicado en el DGEGP Informa N° 1634, los establecimientos deberán adjuntar al final de la rendición las planillas de FONID enviadas en el mes en curso, firmadas por los docentes.
 
De esta manera, en la rendición de los salarios de Marzo 2018 (que se presentan en DGEGP en abril), deberán agregarse las planillas del FONID cuyos fondos fueron transferidos en el mes de Abril. (Segunda cuota del cuarto trimestre 2017)
 
Para más consultas pueden comunicarse al teléfono: 4773-2400/09 int. 122, o enviar mail a
organización_dgegp@bue.edu.ar
 
Con cordial saludo,
Equipo de Coordinación y Supervisión de Organización Escolar / DGEGP
 
Lilian Suffert, Coordinadora de Supervisión de Organización Escolar – DGEGP

APLICACIÓN DEL ACTA PARITARIA DOCENTE PARA EL MES DE ABRIL 2018

A continuación se detallan las pautas para la implementación del aumento salarial docente que se aplicará a partir del 1° abril de 2018 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que se encuentra reflejado en el Acta Paritaria de la siguiente manera: Otórguese POR ÚNICA VEZ en los sueldos del mes de abril del corriente año, una suma fija no remunerativa y no bonificable en concepto de “Suma Extraordinaria NR NB”.

Acciones de promoción de la salud y prevención de enfermedades infectocontagiosas

DEGEGP INFORMA N° 1646 A las autoridades de los establecimientos educativos de nivel inicial y primario incorporados a la enseñanza oficial y de las Instituciones Educativo asistenciales Ponemos en su conocimiento la comunicación recibida desde la Subsecretaria de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, en el marco de las acciones de cuidado a la salud pública y a requerimiento del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, que se encuentran motivadas ante la necesidad de implementar medidas de control y prevención frente al caso aislado confirmado de Sarampión en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

A tales efectos, se solicita a los equipos directivos recolectar las fotocopias de los Carnets de Inmunizaciones actualizados (Carnet de Vacunas) de los alumnos de las salas de 1 año de Nivel Inicial (tanto de aquellas instituciones incorporadas a la enseñanza oficial como de aquellas inscriptas en el Registro de Instituciones Educativo Asistenciales) y de los alumnos de 1er y 2do Grado de Nivel Primario. Dicha información deberá ser remitida a esta Dirección General, junto con el listado total de niños de la sala y grados requeridos, en sobre cerrado antes del 18 de abril de 2018.

Agradecemos desde su colaboración que redundará en bien de toda la comunidad. Sin otro particular,

Lic. Beatriz Jáuregui Directora General Dirección General de Educación de Gestión Privada

NOVEDADES ÁREA DE RENDICIONES

DESTINATARIOS: Jefaturas de Región 1 a 25 Se solicita a esa jefatura de Región, comunicar a los establecimientos que a partir del mes próximo, el Área de Rendiciones procederá a indicar la retención del aporte estatal a aquellos establecimientos que tuvieran observaciones en la rendición de la planilla mecanizada en tres oportunidades, ya sea por errores, omisiones o que no estén rendidas de acuerdo de acuerdo a la reglamentación vigente (Ley 13688 Art.143, Art. 144 y Disposición 351/97). Departamento Establecimiento e Inspecciones DIEGEP. La Plata, 6 de Abril de 2018. Firman: Dr. JUAN CRUZ RODRÍGUEZ, Director – Lic. MIRIAM N. LIZAUR, 1 – NUEVO FORMATO EDUCACIÓN SECUNDARIA: DIEGEP COMUNICACIÓN N° 93/18 Se solicita a los Representantes Legales de los servicios educativos con aporte estatal que participen en el Nuevo Formato de Nivel Secundario, enviar los movimientos correspondientes para la carga en el sistema Host. Los movimientos deberán ser presentados teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:

 Deberán realizarse solo altas nuevas, agrupando la cantidad total de horas del docente, con categoría DT (DOCENTE TRAYECTORIA tanto los docentes correspondientes a PAT como las horas institucionales asignadas a cada materia)
 Fecha de alta: 01/03/2018, o fecha posterior de toma efectiva de posesión, la que corresponda.  Deberán contar con firma de Inspector
 Se presentarán en un único cuerpo por servicio educativo, adjuntando los cuadros incluidos en la presente comunicación que deberán contar con firma de Inspector avalando su contenido.
 No deberán colocar fecha de baja dado que se realizará en forma automática al cierre del ciclo lectivo (como se realiza habitualmente con los suplentes), excepto casos de renuncia o ceses anteriores al cierre del ciclo lectivo, en cuyos casos se presentará en el Área correspondiente de acuerdo a la Disposición 1000.
 Se presentarán en el Área Coordinación Administrativa de DIEGEP, antes del 02/05/2018. Presentaciones posteriores no serán reconocidas con retroactividad.

ANTICIPO PARITARIAS

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Resolución firma conjunta Número: RESFC-2018-3-GDEBA-MEGP
B.O. 12/04/2018
LA PLATA, BUENOS AIRES jueves 5 de abril de 2018
Referencia: EX-2018-3859223-GDEBA-DAJMEGP
VISTO el expediente EX-2018-3859223-GDEBA-DAJMEGP, mediante el cual tramita el otorgamiento de anticipo a cuenta de la política salarial para el personal docente -Leyes N° 10.579, N° 13.552, N° 14.989- y;
CONSIDERANDO:
Que el Poder Ejecutivo, bajo el entendimiento de que los docentes de la Provincia se constituyen como uno de los principales actores para el sostenimiento de la educación pública, se ha empeñado en realizar el mayor esfuerzo para otorgar a los mismos la mejor condición salarial posible, acercando propuestas en el ámbito específico;
Que el Estado empleador y las asociaciones sindicales que representan al cuerpo docente de la Provincia, han celebrado reuniones que han revestido el carácter de negociaciones paritarias los días 15, 22 y 28 de febrero, 21 de marzo y 4 de abril del corriente año, como asimismo, han conformado mesas técnicas salariales los días 30 de noviembre de 2017 y 9 de marzo de 2018, con el objeto de concertar un acuerdo que defina la política salarial a aplicarse a los docentes enmarcados en el régimen de la Ley N° 10.579;
Que las partes negociadoras no han consensuado al momento las reglas de carácter salarial que regirán para el año 2018;
Que la demora en la concertación de los acuerdos salariales afecta la indemnidad de la retribución que perciben los docentes de nuestra Provincia;
Que el Estado Provincial ha sostenido la necesidad de aplicar medidas que tiendan al adecuado resguardo de los salarios de quienes ejercen la labor docente;
Que se reconocen como antecedentes de ello las medidas aprobadas mediante las Resoluciones Conjuntas de la Dirección General de Cultura y Educación y del Ministerio de Economía N° 478/17 y N° 31/17; N°1079/17, y N° 82/17 y N° 1288/17 y N° 93/17, respectivamente, que determinaron anticipos a cuenta de la política salarial del año 2017, ante la dilación de las negociaciones paritarias de dicho año;
Que en razón de lo expuesto, sin perjuicio de la continuidad de la negociación colectiva desarrollada al amparo de la Ley N° 13.552, se propicia otorgar un anticipo a cuenta de la política salarial que se acuerde para el primer trimestre del corriente año, pagadero en el mes de abril de 2018, al personal docente que se desempeña bajo dependencia funcional de la Dirección General de Cultura y Educación, en el marco estatutario de la Ley N° 10.579;
Que el mencionado anticipo se liquidará, asimismo, a los agentes de servicios educativos de gestión privada, en proporción a la subvención o aporte estatal acordado, conjuntamente con los haberes correspondientes al mes de abril de 2018;
Que han tomado la intervención propia de su competencia Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 19 de la Ley N° 14.989, 69 inciso k) de la Ley N° 13.688 y 201 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, EL DIRECTOR GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVEN:
 
ARTÍCULO 1°: Establecer para el personal docente que se desempeña bajo dependencia funcional de la Dirección General de Cultura y Educación en el marco estatutario de la Ley N° 10.579, un pago remunerativo por persona, pagadero en el mes de abril de 2018, en carácter de anticipo, a cuenta del aumento que se acuerde en el primer trimestre de dicho año, que ascenderá a:
– Pesos un mil ochocientos ($ 1.800) netos de aportes asistenciales y previsionales, para los agentes que a diciembre de 2017 hubieran percibido una remuneración por la totalidad de sus cargos, neta de aportes asistenciales y previsionales, inferior o igual a pesos quince mil ($ 15.000).
– Pesos dos mil setecientos ($ 2.700) netos de aportes asistenciales y previsionales, para los agentes que a diciembre de 2017 hubieran percibido una remuneración por la totalidad de sus cargos, neta de aportes asistenciales y previsionales, mayor a pesos quince mil ($ 15.000) e inferior o igual a pesos veinte mil ($ 20.000).
– Pesos tres mil seiscientos ($ 3.600) netos de aportes asistenciales y previsionales, para los agentes que a diciembre de 2017 hubieran percibido una remuneración por la totalidad de sus cargos, neta de aportes asistenciales y previsionales, mayor a pesos veinte mil ($ 20.000) e inferior o igual a pesos treinta mil ($ 30.000).
– Pesos cuatro mil quinientos ($ 4.500) netos de aportes asistenciales y previsionales, para los agentes que a diciembre de 2017 hubieran percibido una remuneración por la totalidad de sus cargos, neta de aportes asistenciales y previsionales, mayor a pesos treinta mil ($ 30.000).
 
ARTÍCULO 2°: Las sumas referenciadas en el artículo 1° serán abonadas a aquellos agentes que se encuentren activos en el primer trimestre de 2018 de forma proporcional a los días trabajados. A aquellos agentes que aún no tengan registrada y procesada su alta o baja en el sistema de liquidación de haberes al momento del pago del anticipo, se les realizarán los ajustes correspondientes en las siguientes liquidaciones. En el caso de las horas cátedra, el mencionado anticipo se abonará a aquellos agentes que cumplan quince (15) horas cátedra
de nivel medio y sus equivalencias, otorgándose en forma proporcional cuando la cantidad de horas cátedra sea inferior.
 
ARTÍCULO 3°: Determinar que las sumas referenciadas en el artículo 1° serán percibidas por los agentes de servicios
educativos de gestión privada en proporción a la subvención o aporte estatal acordado. Dichos importes serán liquidados conjuntamente con los haberes correspondientes al mes de abril de 2018.
 
ARTÍCULO 4°: Registrar, comunicar, notificar al Fiscal de Estado, publicar, dar al Boletín Oficial, al SINBA. Cumplido, archivar.
 
Hernán Lacunza – Ministro, Ministerio de Economía
Gabriel Sánchez Zinny – Director General, Dirección General de Cultura y Educación

ACTIVIDADES DEL PLAN DE TRABAJO CON LAS ESCUELAS EN 2018 DE LA UEICEE

1.-Para el período marzo-abril desde la Unidad de Evaluación Integral de la Calidad y Equidad Educativa anunciaron la presentación de los resultados FEPBA/TESBA 2017 a los distintos actores del Ministerio de Educación.

2.-Operativos de Evaluación de la UEICEE: Fue dado a conocer el siguiente cronograma de implementación de los operativos de evaluación:

 

 

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