ARANCELES MÁXIMOS PARA ESTABLECIMIENTOS CON APORTE ESTATAL – CICLO LECTIVO 2023

Estimados/as:

Les compartimos la Disposición N.° 26 GCABA/DGEGP/23 mediante la cual se fijan los aranceles máximos, que tendrán vigencia a partir del 1.° de marzo, para las escuelas de gestión privada que perciben aporte estatal.

Las nuevas bandas arancelarias se establecieron con el objetivo de redistribuir entre los meses de marzo y julio de este año, las subas de aranceles aprobadas en el 2022 para disminuir el impacto de los incrementos para las familias.

Los valores para el ciclo lectivo 2023, se encuentran detallados en el Anexo I de la mencionada disposición.

También, les compartimos las «Pautas para fijar los aranceles y contribuciones que podrán percibir las Escuelas Públicas de Gestión Privada de la C.A.B.A. para el ciclo lectivo 2023» que forma parte del Anexo II de la disposición.

Saludos,

AUTORIZACIÓN DE INCREMENTO DE ARANCELES

Se adjunta la comunicación oficial PV-2022-36652265-GDEBA-DLHRYAEPDGYE por la cual se legaliza definitivamente el aumento de aranceles aprobado para el mes de noviembre y el mes de diciembre del corriente año. Como elemento importante de la misma, podemos informar que los aranceles del mes de noviembre de 2022 deberán informarse por los canales habituales (F1) hasta el día 30 de noviembre. Próximamente informaremos el link para poder presentar en forma on line la información.

ASIGNACIONES FAMILIARES – PERSONAL CURRICULAR DOCENTE – SEPT/DIC 2022

Los topes salariales para el mes de septiembre serán los siguientes:

→ Tope mínimo $10090 (excepto para hijo con discapacidad que no hay tope mínimo)
→ Tope máximo individual $158366
→ Tope máximo del grupo familiar $316731 (excepto para hijo con discapacidad que no hay tope máximo)

Por lo tanto, si uno de los integrantes del grupo familiar percibe un ingreso superior a $158366.00 ese grupo familiar está excluido de la percepción de asignaciones, aun cuando la suma de sus ingresos conjuntos no supere el tope máximo de $316731.00

La tabla para el mes de septiembre será la siguiente:

Los topes salariales para el mes de octubre serán los siguientes:

→ Tope mínimo $10594 (excepto para hijo con discapacidad que no hay tope mínimo)→ Tope máximo individual $158366
→ Tope máximo del grupo familiar $316731 (excepto para hijo con discapacidad que no hay tope máximo)

La nueva tabla para el mes de octubre será la siguiente:

Los topes salariales para el mes de noviembre serán los siguientes:

→ Tope mínimo $11099 (excepto para hijo con discapacidad que no hay tope mínimo)
→ Tope máximo individual $158366
→ Tope máximo del grupo familiar $316731 (excepto para hijo con discapacidad que no hay tope máximo)

La nueva tabla para el mes de noviembre será la siguiente:

Los topes salariales para el mes de diciembre serán los siguientes:

→ Tope mínimo $11981 (excepto para hijo con discapacidad que no hay tope mínimo)
→ Tope máximo individual $158366
→ Tope máximo del grupo familiar $316731 (excepto para hijo con discapacidad que no hay tope máximo)

La nueva tabla para el mes de diciembre será la siguiente:

INCREMENTO SALARIAL DOCENTE – PBA

Noviembre 2022
→ Sueldo básico de preceptor (testigo, índice 1) pasa a $40330
→ La bonificación remunerativa no bonificable (bajo el concepto Decreto 1291/19 art. 4 inc b) y Resolución 235/2020 MHYFGP art. 1°inc. b) y modificatorio en trámite), cuyo código es 45.5 pasa a $18921
→ Bonificación remunerativa no bonificable para los cargos de índice escalafonario 1.1 (código 43.8 Decreto 1291/19 art 4º inc c y modificatorios) pasa a $16737.

Estas modificaciones representan en promedio un aumento del 4.61% respecto al mes anterior

ALGUNAS CONSIDERACIONES GENERALES: El incremento del básico testigo incide
también en el cálculo de las bonificaciones por tarea diferenciada. (Se relacionan con el
básico de preceptor)
Ejemplo:

Diciembre 2022
→ Sueldo básico de preceptor (testigo, índice 1) pasa a $43520
→ La bonificación remunerativa no bonificable (bajo el concepto Decreto 1291/19 art. 4 inc
b) y Resolución 235/2020 MHYFGP art. 1°inc. b) y modificatorio en trámite), cuyo código es 45.5 pasa a $20291
→ Bonificación remunerativa no bonificable para los cargos de índice escalafonario 1.1 (código 43.8 Decreto 1291/19 art 4º inc c y modificatorios) pasa a $17187
→ Bonificación remunerativa no bonificable (Directores y Vicedirectores), cuyo código es 456 pasa a $2407
→ El FONID pasa a $6173
→ Bonificación para preceptores pasa a 75,5%
→ Bonificación extraordinaria Material Didáctico / Conectividad: se adiciona por única vez con salarios diciembre 2022 la suma de 1800

Estas modificaciones representan en promedio un aumento del 8.68% respecto al mes
anterior

ALGUNAS CONSIDERACIONES GENERALES: El incremento del básico testigo incide
también en el cálculo de las bonificaciones por tarea diferenciada. (Se relacionan con el
básico de preceptor)
Ejemplo:

AUMENTO DE ARANCELES CABA

Luego de la reunión de la Comisión de aranceles de la jurisdicción, se ha arribado a un acuerdo respecto de los aranceles a percibir por el mes de diciembre 2022 y por la primera cuota del año 2023.

En el Anexo I que se adjunta a la presente encontraran los valores de los topes arancelarios correspondientes al mes de diciembre 2022.

En el Anexo II que también se adjunta a la presente, encontrarán los valores de los topes arancelarios a percibir a partir de la primera cuota del año 2023.

A la fecha aún no hay disposición, pero la misma saldrá entre hoy y mañana. Algunas de las pautas que acompañarán a la disposición serán las siguientes:

→ Los topes arancelarios que corresponden a la primera cuota del año 2023, son a cuenta de la paritaria de dicho año e incluso de todas las modificaciones salariales que pudieran generarse a partir de la fecha.
→ En caso que los institutos definan la necesidad de percibir la cuota de mantenimiento, la misma deberá ser percibida en no menos de nueve (9) alícuotas.
→ Los institutos informarán a los padres las nuevas cuotas autorizadas para el mes de diciembre 2022 y para la primera cuota del año 2023, según modelo que remitiremos a la brevedad.
→ Los institutos educativos deberán presentar ante la Dirección General de Educación de Gestión Privada la declaración jurada de aranceles que percibirán en el mes de diciembre 2022 y los que percibirán a partir de la primera cuota del año 2023. Los institutos educativos deberán adjuntar a aquella declaración jurada la comunicación a los padres y los recibos de pago (de diciembre 2022) siendo la fecha tope de dicha presentación el día 12 de diciembre de 2022.
→ Recuerden que, junto con la comunicación de los aranceles del año 2023, deberán hacer firmar a los padres el contrato educativo anual, cuyo texto se remitirá a la brevedad.

PAUTAS SALARIALES CURRICULARES 2022 – INCREMENTO SALARIAL CABA

NOVIEMBRE
SUELDO BÁSICO (REMUNERATIVO BONIFICABLE – computa al cálculo CMG)
El valor índice será de: $25.04510

SUMA DECRETO 483/05 (REMUNERATIVO BONIFICABLE – computa al cálculo CMG)
Los valores serán los siguientes y será proporcionado por puntaje de cada cargo, teniendo en cuenta que dicha proporcionalidad está estipulada en 1135 puntos índice para cargos de JS (Cargo Testigo: Maestra de Grado JS) y 2070 para cargos de JC (Cargo Testigo: Maestra de Grado JC).

Se establece además un esquema de pisos para los cargos de JS y JC con menor puntaje tal como se describe a continuación:

→ Cargo J. Simple (1135 puntos índice): $ 17569
→ Cargo J. Completa (2070 puntos índice): $ 35138
→ Hora cátedra: $ 924.68 (Tope 38 HC)
→ Piso Cargos JS (menos de 1135 puntos): $ 16141
→ Piso Cargos JC (menos de 2070 puntos): $ 32282
→ Tope por persona: $ 35138

SALARIO MÍNIMO DOCENTE (NO REMUNERATIVO NO BONIFICABLE)
Incrementan los valores a:

→ Cargos J. Simple: $83808 (20 HC)
→ Cargos J. Completa: $167616
→ Hora cátedra: $4190.4 (Tope 40 HC)
→ Piso Cargos JS (menos de 1135 puntos): $ 49357
→ Piso Cargos JC (menos de 2070 puntos): $131230
→ Tope por persona: $ 167616

Adicional Especial
Incrementan los valores a:

→ Cargos J. Simple: $ 10454
→ Cargos J. Completa: $ 20908
→ Hora cátedra hasta nivel secundario: $ 696.933 (Tope 30 HC)
→ Hora cátedra hasta nivel superior: $ 871.167 (Tope 24 HC)
→ Tope por persona: $ 20908

MATERIAL DIDÁCTICO:
Se divide en dos ítems en función a la antigüedad del/la docente y tendrá, un sistema de pisos y proporcionalidad según los puntos índices del cargo y el tipo de jornada (simple o completa).

MATERIAL DIDÁCTICO (0 al 60% DE ANTIGÜEDAD) – (NO REMUNERATIVO NO BONIFICABLE – computa al cálculo del CMG y complemento semestral)
Cargo J. Simple (1135 puntos índice): $ 21886
Cargo J. Completa (2070 puntos índice): $ 43772
Hora cátedra: $ 1151.895 (Tope 38 HC)
Piso Cargos JS (menos de 1135 puntos): $ 21001
Piso Cargos JC (menos de 2070 puntos): $ 42002
Tope por persona: $ 43772

Los docentes comprendidos/as en estos cargos recibirían una compensación semestral equivalente al 50% del último pago realizado de dicha suma, al final del primer y segundo semestre 2021, conforme a la cantidad de días trabajados en cada semestre y que se liquidará conjuntamente con el SAC en idéntica fecha de pago. Si el cese se produjera con anterioridad, esta compensación se liquidará al momento de producirse la baja.

MATERIAL DIDÁCTICO R (70 al 120% DE ANTIGÜEDAD) – (REMUNERATIVO – NO BONIFICABLE – computa al cálculo del CMG)

Cargo J. Simple (1135 puntos índice): $ 26024
Cargo J. Completa (2070 puntos índice): $ 54242
Hora cátedra: $ 1427.421 (Tope 38 HC)
Piso Cargos JS (menos de 1135 puntos): $ 26024
Piso Cargos JC (menos de 2070 puntos): $ 52048
Tope por persona: $ 54242

Este incremento representa un aumento aproximando en el bolsillo del trabajador del 9,17%

DICIEMBRE
SUELDO BÁSICO (REMUNERATIVO BONIFICABLE – computa al cálculo CMG)

El valor índice será de: $25.7408

SUMA DECRETO 483/05 (REMUNERATIVO BONIFICABLE – computa al cálculo CMG)
Los valores serán los siguientes y será proporcionado por puntaje de cada cargo, teniendo en
cuenta que dicha proporcionalidad está estipulada en 1135 puntos índice para cargos de JS
(Cargo Testigo: Maestra de Grado JS) y 2070 para cargos de JC (Cargo Testigo: Maestra de
Grado JC).

Se establece además un esquema de pisos para los cargos de JS y JC con menor puntaje tal
como se describe a continuación:

→ Cargo J. Simple (1135 puntos índice): $ 18057
→ Cargo J. Completa (2070 puntos índice): $ 36114
→ Hora cátedra: $ 950.37 (Tope 38 HC)
→ Piso Cargos JS (menos de 1135 puntos): $ 16589
→ Piso Cargos JC (menos de 2070 puntos): $ 33178
→ Tope por persona: $ 36114

Adicional Especial
Incrementan los valores a:
→ Cargos J. Simple: $ 10885
→ Cargos J. Completa: $ 21770
→ Hora cátedra hasta nivel secundario: $ 725.667 (Tope 30 HC)
→ Hora cátedra hasta nivel superior: $ 907.083 (Tope 24 HC)
→ Tope por persona: $ 21770

MATERIAL DIDÁCTICO:
Se divide en dos ítems en función a la antigüedad del/la docente y tendrá, un sistema de pisos y proporcionalidad según los puntos índices del cargo y el tipo de jornada (simple o completa).

MATERIAL DIDÁCTICO (0 al 60% DE ANTIGÜEDAD) – (NO REMUNERATIVO NO BONIFICABLE – computa al cálculo del CMG y complemento semestral)
Cargo J. Simple (1135 puntos índice): $ 22494
Cargo J. Completa (2070 puntos índice): $ 44988
Hora cátedra: $ 1183.89 (Tope 38 HC)
Piso Cargos JS (menos de 1135 puntos): $ 21585
Piso Cargos JC (menos de 2070 puntos): $ 43170
Tope por persona: $ 44988

Los docentes comprendidos/as en estos cargos recibirían una compensación semestral equivalente al 50% del último pago realizado de dicha suma, al final del primer y segundo semestre 2021, conforme a la cantidad de días trabajados en cada semestre y que se liquidará conjuntamente con el SAC en idéntica fecha de pago. Si el cese se produjera con anterioridad, esta compensación se liquidará al momento de producirse la baja.

MATERIAL DIDÁCTICO R (70 al 120% DE ANTIGÜEDAD) – (REMUNERATIVO – NO BONIFICABLE – computa al cálculo del CMG)
Cargo J. Simple (1135 puntos índice): $ 27874
Cargo J. Completa (2070 puntos índice): $ 55748
Hora cátedra: $ 1467.05 (Tope 38 HC)
Piso Cargos JS (menos de 1135 puntos): $ 26748
Piso Cargos JC (menos de 2070 puntos): $ 53496Tope por persona: $ 55748

FONDO NACIONAL DE INCENTIVO DOCENTE (FONID) (NO REMUNERATIVO NO BONIFICABLE – no computa al cálculo CMG)
Incrementan los valores a:
Cargo J. Simple: $ 6173
Cargo J. Completa: $ 12346
Hora cátedra NIVEL MEDIO: $ 411.533 (Tope 30 HC)
Hora cátedra NIVEL SUPERIOR: $ 514.417 (Tope 24 HC)
Tope por persona: $ 12346

Este incremento representa un aumento aproximando en el bolsillo del trabajador del 3,20%

PLAN DE PAGOS DEUDAS PREVISIONALES

En el marco de las tareas de verificación de la Dirección de Recaudación y Fiscalización, se detectan diversos incumplimientos por parte de los empleadores propietarios de EEP a sus obligaciones previsionales, algunas fundamentadas en los inconvenientes que trajo aparejada la situación sanitaria de público conocimiento y otras que resultan, no solo de no efectuar los pagos en tiempo y forma, sino también de atraso injustificado en la presentación de la documentación respaldatoria, conforme lo establecido en el Decreto-Ley 9650/80 y modificatorias, artículo 10 – OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR.

Este nuevo Plan de Pagos, pretende abordar las deudas de una manera integral, con beneficios de reducción que contemplan lo anteriormente indicado y opciones de cancelación que permitan a los EEP, tener al día, tanto el plan, como las obligaciones mensuales posteriores.

Este IPS, inicia acciones de recupero por la vía judicial a los niveles deudores, con las consecuentes costas judiciales, por lo que se solicita, dar amplia difusión a la presente información, para que aquellos colegios que se encuentran en situaciones de deuda, adhieran al presente plan y eviten inconvenientes a futuro.

1) DEUDA A REGULARIZAR
→ Aportes, contribuciones, intereses y/o multas, adeudados por los EEP.
→ Planes anteriores de cuota fija firmes, vigentes o decaídos.
→ Deuda reclamada mediante juicio de apremio (previa cancelación de honorarios y costas) o que se encuentre en etapa prejudicial y concursal.

2) PLAZO DE ADHESIÓN
→ Hasta el 31 de agosto de 2023, ante el Departamento Recursos Entes No Oficiales

3) DEDUCCIONES

La deuda calculada en concepto de reprogramación del plan establecido por Resolución HD
IPS 311/21 y su prórroga, tendrá un beneficio de reducción en los intereses del 70%.

4) CANCELACIÓN DE LA DEUDA

5) VENCIMIENTO DE LAS CUOTAS y PAGO
→ El pago de las cuotas operará los días 20 o hábil anterior y el pago será mediante débito directo.

6) DECAIMIENTO DEL PLAN
→ Cuando se verifique el incumplimiento total o parcial de 4 (cuatro) obligaciones mensuales normales posteriores al plan, y/o de 3 (tres) cuotas del plan.

7) FALTA DE ADHESIÓN
→ Se determinará la deuda de oficio.
→ Cobro ejecutivo por vía de apremio.

Vencido el plazo de adhesión, quedará el Plan establecido por Resolución HD IPS 311/21,
prorrogado por resolución 5792/22, como un Plan permanente.

Resolución 10980/2022 – GDEBA – IPS
Plan de Pagos Deudas Previsionales

La Plata, 20 de octubre de 2022
Rosana Etcheverry
Jefe Departamento Recursos Entes No Oficiales

Sin otro particular saludamos atentamente

ARANCELES PARA INSTITUTOS EDUCATIVOS CON APORTE ESTATAL

Nos dirigimos a Uds. con el objeto de informarles que la Comisión de Aranceles de la DGEGP, ha aprobado un aumento de los topes arancelarios para los meses de octubre (adicionando un porcentaje al aumento ya autorizado anteriormente) y la generación de nuevos topes arancelarios para el mes de diciembre. Adjuntamos los topes arancelarios respectivos para vuestro conocimiento.

Los institutos educativos deberán presentar la DDJJ de aranceles por el mes de octubre hasta el día 31 de octubre de 2022 mientras que la DDJJ de aranceles por el mes de diciembre deberá ser presentada hasta el día 12 de diciembre de 2022.

Los aumentos deberán ser comunicados a los padres en la forma en que normalmente se ha hecho hasta ahora.

La disposición oficial saldrá en las próximas horas, motivo por el cual luego le informaremos el número de la misma y su texto ya que deberá ser exhibida en la cartelera del instituto educativo.

Saludos cordiales.

Abrir chat
Hola 👋 Somos VB Sueldos. Muchas gracias por contactarte con nosotros. Te responderemos a la mayor brevedad posible.