DGEGP INFORMA N° 1836

Señores/as Representantes Legales:

La DGEGP ha venido realizando una serie de relevamientos en las distintas áreas con competencia en los procesos de designación y nombramiento de personal docente. A partir del análisis de la información así obtenida, se han detectado algunas situaciones de incompatibilidad por acumulación de cargos, de cargos y horas cátedra, y por exceder la jornada máxima legal normada.

Por ello, consideramos importante recordar que toda posible combinación de cargos y/u horas cátedra, deberán instrumentarse evitando las incompatibilidades, el cumplimiento fraccionado de la carga horaria cuando se trate de cargos directivos o jerárquicos y la correspondencia temporal de los mismos y teniendo en cuenta la jornada máxima legal.

En ese sentido, todas aquellas instituciones que tengan personal en esas condiciones, deberán hacer cesar esas irregularidades en forma inmediata. Es importante destacar que esa intervención no significa la afectación de una situación de revista preexistente, ya que su existencia y continuidad, implicaría un supuesto de fraude a la ley.

Para establecer mayores precisiones en torno a los límites de las combinaciones de cargos y/u horas cátedra permitidos, se detalla la normativa aplicable:
– Ley Nº 11.544;
– Ley Nº 13.047;
– Ley Nº 26.206;
– Decreto N° 371/64;
– Estatuto del Docente de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Ordenanza N° 40.593 y sus modificatorias);
– Reglamento del Sistema Educativo de Gestión Pública (Resolución N° 4.776-MEGC/06);
– Resolución N° 2.641-MEGC/ 07

Atentamente,
Lic. Beatriz Jáuregui – Directora General
Dirección General de Educación de Gestión Privada

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